MONOTRIBUTO – FM Ella https://fmella.com.ar La radio que pertenece a todos Fri, 26 Nov 2021 18:51:18 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=5.8.9 https://fmella.com.ar/wp-content/uploads/2019/11/cropped-fmella512x512-32x32.jpg MONOTRIBUTO – FM Ella https://fmella.com.ar 32 32 MONOTRIBUTO: CUÁLES SERÁN LOS TOPES Y MONTOS A PAGAR A PARTIR DEL 2022. https://fmella.com.ar/monotributo-cuales-seran-los-topes-y-montos-a-pagar-a-partir-del-2022/ Fri, 26 Nov 2021 18:51:18 +0000 http://fmella.com.ar/?p=11460 Cuánto subirán en enero los ingresos topes y los importes a pagar en el monotributo Los aportes de los monotributistas

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Cuánto subirán en enero los ingresos topes y los importes a pagar en el monotributo

Los aportes de los monotributistas subirán casi 53% a partir de enero, lo que sumará presión al bolsillo en un escenario de alta inflación. En la misma proporción se incrementarán los topes de facturación de cada categoría.
 
Si no hay novedades al respecto, ni cambios de último momento, tanto la cuota del Monotributo cómo los topes de facturación se ajustarán desde el 2022 según el incremento acumulado por las jubilaciones que abona Anses de acuerdo a las actualizaciones por la nueva Ley de Movilidad, que arrojó un 52,67%, consignaron fuentes oficiales.

 Ese es el nivel de suba que se les debería aplicar a los valores de facturación admitida en cada categoría cómo topes y a los montos correspondientes al componente impositivo y los aportes al sistema previsional y a la obra social, en los casos que corresponda.

 De esta forma, la facturación máxima para estar en el régimen simplificado llegará a $3.969.420 (actividades de servicios) y $5.648.790 (venta de bienes muebles/comercio).

Nuevos valores

Los topes de facturación de cada categoría y también los importes a pagar cada mes por los contribuyentes, se incrementarán en enero próximo un 52,67% en relación con los valores que hoy están vigentes.

 Los nuevos valores del componente impositivo parten de un pago mensual para la categoría «A», la más baja -con una facturación anual de hasta $564.879-, que subirá de $2.646,22 hasta diciembre, a $4.039,98 desde enero 2022, en el caso de prestación y locación de servicios.

 Para la categoría «B», con ingresos de hasta 839.685 pesos, la cuota mensual será de $4.517,43, y en el caso de la «C» con un límite anual de $1.175.559, pagará un aporte de $5.164,24.

 Para la categoría «D», con un límite de $1.618.303, la cuota mensual será de $6.089,77.

 La «E» pagará $7.990,05 -hasta $2.137.380-, la «F» $9.574,63 – hasta 2.671.725- y la «G» con ingresos por $3.206.070, tendrá una cuota mensual de $11.167,61.

 Para quienes queden en la categoría «H» -la máxima para el sector servicios-, que registren ingresos anuales de $3.969.420, el aporte subirá de $12.789,38 a $19.525,54.

 De ahora en más solo para venta de cosas muebles, en la categoría «I», el límite anual será de $4.442.697 y la cuota mensual de $23.419,08, mientras que la «J» con $5.091.544,50 pagará una cuota por mes de $26.896,02.

 En tanto, para quienes tributan en el Régimen Simplificado de Impuestos y se dedican a la venta de bienes muebles, el máximo de facturación admitido se incrementó a $5.648.790, y pasarán a abonar una cuota mensual de 30.400,78 pesos en la categoría «K», la más alta.

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MONOTRIBUTO: SE EXTIENDEN PLAZOS PARA ACCEDER A BENEFICIOS. https://fmella.com.ar/monotributo-se-extienden-plazos-para-acceder-a-beneficios/ Thu, 30 Sep 2021 13:40:35 +0000 http://fmella.com.ar/?p=11013 Se tratan de las medidas incluidas en las leyes de Alivio Fiscal y de Sostenimiento e Inclusión Fiscal. Incluye la

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Se tratan de las medidas incluidas en las leyes de Alivio Fiscal y de Sostenimiento e Inclusión Fiscal. Incluye la moratoria.

La AFIP dispuso un nuevo plazo para acceder a los beneficios implementados por las leyes de Alivio Fiscal y de Sostenimiento e Inclusión Fiscal. Los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 30 de noviembre próximo para adherir a la moratoria para obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de este año, con un plan de hasta 60 cuotas.

La normativa de la AFIP también extendió los plazos para ejercer las opciones de permanencia, reingreso al monotributo y de beneficios para contribuyentes cumplidores. De esta manera, prorrogó por dos meses los plazos previstos originalmente.

La decisión se publicó este jueves en el Boletín Oficial, mediante la Resolución General 5079/2021. 

El objetivo es que los pequeños contribuyentes tengan hasta el 30 de noviembre, regularizar sus deudas en hasta 60 cuotas con una tasa de interés máxima de 1,5%. El plan de facilidades para que monotributistas regularicen obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de este año contempla la condonación de intereses y multas.

Para poder adherir a esta moratoria, los pequeños contribuyentes deberán poseer domicilio fiscal electrónico, e informar en el servicio Declaración de CBU de la página web de la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada uno de las cuotas. La cantidad máxima de cuotas y la tasa de financiamiento a acceder dependerá de la categoría de los monotributistas, de acuerdo con lo dispuesto.

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MONOTRIBUTO: QUE TRÁMITE DEBEN HACER LOS QUE PAGARON EL RETROACTIVO ? https://fmella.com.ar/monotributo-que-tramite-deben-hacer-los-que-pagaron-el-retroactivo/ Fri, 11 Jun 2021 12:49:54 +0000 http://fmella.com.ar/?p=9917 Quienes ya pagaron podrán utilizar ese saldo a favor para el pago de otras obligaciones e incluso imputarlo para las

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Quienes ya pagaron podrán utilizar ese saldo a favor para el pago de otras obligaciones e incluso imputarlo para las próximas cuotas.

Los monotributistas que hayan pagado los cargos retroactivos que se anularán con la sanción de una nueva ley podrán utilizar ese saldo a favor para el pago de otras obligaciones e incluso imputarlo para las próximas cuotas.

Así lo señalaron diferentes tributaristas, ante la duda de quienes se apresuraron y pagaron los cargos retroactivos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) había incluido en sus cuentas a partir del 4 de junio.

Sin embargo, tras la reunión que tuvo lugar cinco días después entre el presidente Alberto Fernández y el titular de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, el oficialismo avanzó con un proyecto de ley que, entre otros aspectos, elimina ese pago retroactivo y dispone que la actualización de las cuotas y categorías comience a regir a partir del 1° de julio.

Por cuestiones administrativas, hasta que la ley no sea sancionada y reglamentada los cargos seguirán figurando en la página del organismo recaudador, pero los contribuyentes ya no están obligados a abonarlos.

De acuerdo con los tiempos legislativos y por la nueva fecha de actualización, se espera que la ley sea sancionada antes de fines de junio y, a partir de ese momento, tanto el Poder Ejecutivo como la propia AFIP deberán trabajar contra reloj en la elaboración y publicación del decreto reglamentario y las resoluciones en el Boletín Oficial.

El trámite para reimputar el pago del retroactivo puede realizarse ingresando al sitio web de la AFIP el número de la CUIT y la clave fiscal Si ya está dado de alta el servicio «CCMA Cuenta Corriente para Contribuyentes Monotributistas y Autónomos», ir a la sección «Monotributo». Si el servicio no aparece en el menú, se deberá dar de alta.

Como tercer paso, debe cliquearse en la opción «cálculo de deuda» y tomar nota de qué período y qué impuesto, con sus respectivos códigos, tienen un saldo a reimputar.

Posteriormente, debe registrarse a qué período y qué impuesto, con sus respectivos códigos, se va a transferir el saldo a favor, seleccionando el ícono respectivo.

Por último, tendrá que completarse los datos con el período de destino, seleccionar «agregar» y luego «aceptar».

En el caso de que no se tenga habilitado el servicio CCMA, debe ingresarse al sitio como se hace habitualmente y seleccionar la opción «administrador de relaciones con clave fiscal».

Una vez ubicado, hay que cliquear en «adherir servicio», luego marcar en «AFIP» y después en «Servicios interactivos».

Ya instalado, debe buscarse el servicio que se quiere habilitar y, por último, cerrar la sesión y volver a ingresar para ver el nuevo servicio habilitado.

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LOS MONOTRIBUTISTAS DEBERÁN RECATEGORIZARSE ANTES DEL 20 DE JULIO. https://fmella.com.ar/los-monotributistas-deberan-recategorizarse-antes-del-20-de-julio/ Wed, 15 Jul 2020 13:04:18 +0000 http://fmella.com.ar/?p=5822 Desde el 1° y hasta el 20 de este julio rige el plazo para cumplir con la obligación de recategorización

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Desde el 1° y hasta el 20 de este julio rige el plazo para cumplir con la obligación de recategorización del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo). Los monotributistas deben realizar en forma semestral un control de su facturación de acuerdo a los 12 meses inmediatos anteriores y realizar una recategorización a alguna categoría superior o inferior, según corresponda.

¿Quiénes deberán recategorizarse?

Los monotributistas que superaron o vieron disminuidos algunos de los parámetros de la categoría en la que se encontraban hasta junio 2020.

Están excluidos del proceso de recategorización los pequeños contribuyentes inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social y los asociados a cooperativas de trabajo.

¿Cuáles son los parámetros que deben tener en cuenta para determinar la procedencia de la recategorización?

Para efectuar la recategorización, los monotributistas deberán tener en cuenta los siguientes parámetros:

* Ingresos brutos anuales.

* Superficie afectada.

* Energía eléctrica consumida anualmente (La energía eléctrica computable será la que resulte de las facturas cuyos vencimientos para el pago hayan operado en el período que corresponda).

* Alquileres devengados anualmente.

* Precio unitario máximo para el caso de venta de cosas muebles.

¿Cuál es el período de tiempo que se debe tener en cuenta para determinar si corresponde o no la recategorización?

El período de tiempo a considerar son los últimos 12 meses, siendo en este caso desde el 1/7/2019 al 30/6/2020. Si en ese período los contribuyentes sufrieron cambios en el desarrollo de su actividad, relacionados con los parámetros anteriormente mencionados, deberán recategorizarse.

¿Qué sucede si bajaron los ingresos del contribuyente, obtuvieron quita en el alquiler o difirieron el ajuste según lo dispuesto por el Decreto 320/2020?

El menor monto de los ingresos facturados será considerado a efectos de la recategorización. Respecto a los alquileres, en caso de no modificarse el contrato, no se considerará quita, diferimiento o aquello que no abone, ya que la ley indica son los alquileres «devengados».

Si no transcurrieron 12 meses desde el inicio de actividad, ¿cómo se realiza el cálculo a efectos de la recategorización?

Si no ha transcurrido al menos un semestre calendario completo desde el inicio de la actividad, se mantendrá la categorización inicial hasta el momento de la primera recategorización.

En caso de haber transcurrido seis meses completos o más desde el inicio de actividades al momento de la recategorización, se deberán anualizar los parámetros a fin de determinar la recategorización. Para ello es necesario sumar los ingresos de los meses transcurridos desde el inicio de actividad, hasta la finalización del semestre calendario por el que se recategoriza; dividir ese importe por la cantidad de meses en actividad y multiplicar el resultado por 12.

¿Cuándo se empieza a pagar el importe de la nueva categoría?

El importe correspondiente a la nueva categoría, se comenzará a pagar a partir del mes de Agosto de 2020.

¿Cómo realizar el trámite de recategorización?

Ingresar al portal de Monotributo y acceder con CUIT y clave fiscal. Seleccionar la opción «Recategorizarme» y luego la opción «Continuar recategorización».Indicar la opción «Imprimir credencial» y completar el formulario con los nuevos datos. Cuando los datos estés cargados y verificados, finalizar la operación.

El sistema desplegará la constancia de realización del trámite y la credencial para efectuar los pagos con la nueva categoría.

Importante

* TODOS los monotributistas deben controlar su facturación.

* Sólo deberán recategorizarse quienes tengan que cambiar de categoría.

* Los beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) o quienes hayan accedido a los Créditos Tasa Cero, no están exentos de la recategorización.

* Se debe reimprimir el nuevo F. 960 D Data Fiscal puesto que una de las causales de reimpresión es que se haya modificado la categoría del Monotributo.

Locaciones, prestaciones de servicios y aportes aplicables desde el 1/1/20

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LANZARON UN PAQUETE DE MEDIDAS PARA EMPRESAS Y MONOTRIBUTISTAS. https://fmella.com.ar/lanzaron-un-paquete-de-medidas-para-empresas-y-monotributistas/ Tue, 21 Apr 2020 11:39:46 +0000 http://fmella.com.ar/?p=4198 El Gobierno presentó este lunes formalmente una batería de medidas para aliviar la situación de empresas y trabajadores en relación

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Las medidas fueron publicadas mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en el Boletín Oficial. Desde el gobierno dieron detalles.

El Gobierno presentó este lunes formalmente una batería de medidas para aliviar la situación de empresas y trabajadores en relación de dependencia o autónomos afectados por el impacto de la pandemia de coronavirus, entre las cuales destacan el pago de salarios complementarios financiados por el Estado, la concesión de créditos a tasa cero y la reducción de aportes patronales.

Estas medidas, que fueron publicadas mediante Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en el Boletín Oficial, tienen como destinatarios a «empresas, pymes y trabajadores en relación de dependencia e independientes» que todavía no habían sido abarcados por otras medidas dispuestas por el gobierno desde el inicio de la pandemia.

Se trata de disposiciones que forman parte de un paquete económico elaborado por el gobierno nacional para «morigerar» el impacto sobre la economía del aislamiento social, preventivo y obligatorio que comenzó el 20 de marzo y que hoy cumplió un mes en vigencia.

Entre ellas, se incluye un salario complementario que consiste en la asignación abonada por el Estado nacional para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, créditos a tasa cero para personas adheridas al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y un sistema integral de prestaciones por desempleo.

Estas acciones implican una «mirada más general de la actividad económica» y apuntan a «simplificar trámites» para ir en auxilio de las empresas, pymes y familias, explicó el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, quien esta mañana encabezó una reunión del Gabinete Económico, en Casa Rosada.

Cafiero señaló que se inscribieron «420 mil empresas» para beneficiarse con el programa del «Salario Complementario», por el cual el Estado «se hace cargo del 50 por ciento de la masa salarial de las firmas que está en crisis» durante la emergencia, y estimó que con la ampliación a otras empresas «sin límite de tamaño», la cantidad se incrementará.

Precisó que el Estado «pagará parte» del salario de alrededor del «80 % de los trabajadores del sector privado», para ayudar a superar la crisis.

Respecto a los créditos que incluye también el ATP, Cafiero sostuvo que «serán a tasa cero» a «pedido del Presidente (Alberto Fernández)» de trabajar sobre un segmento al que todavía no habian podido llegar, que es el «de (trabajadores) autónomos y monotributistas de las categorías más altas».

Según explicó, será «un crédito a tasa subsidiada del Estado nacional que va a ser a tasa cero, es decir con un plazo de gracia, con lo cual van a empezar a pagar recién en diciembre» y podrá obtenerse a partir de mayo.

Cafiero analizó estas medidas como «una ayuda y un aliciente para todos los argentinos y argentinas que está haciendo un esfuerzo muy grande de quedarse en su casa, con mucha responsabilidad y con mucho conciencia social», desde el 20 de marzo, cuando comenzó la cuarentena en las casas.

Tras el encuentro, que se prolongó durante cinco horas, los ministros Kulfas y Moroni brindaron una conferencia de prensa para precisar los alcances de las medidas incluidas en el decreto.

Moroni señaló que los monotributistas y autónomos podrán acceder al crédito a tasa cero, ingresando a la página de la AFIP, sin tener que realizar otro trámite, y precisó que «el monto del crédito se acreditará en la tarjeta de crédito y será equivalente al 25% del tope de la facturación anual de la categoría en la cual cada uno está inscripto».

«El monto máximo es de 150 mil pesos y las condiciones las pondrá el Banco Central», añadió, y dijo respecto a los monotributistas comprendidos que ya «no hay más diferenciación, van todas las categorías».

Al respecto, Kulfas sostuvo que «todas las empresas, independientemente de su tamaño» podrán acceder a la «asistencia», incluidas «todas las categorías de monotributistas» para el acceso a los créditos, y agregó que el objetivo es «mantener las unidas productivas y los contratos de trabajo vigentes y dar una señal para evitar despidos».

Moroni, por su parte, señaló que «para cualquier modificación en el vínculo entre la empresa y los trabajadores debe haber previo acuerdo alcanzado por la representación sindical con la empresa, y con homologación del ministerio de Trabajo.

Hasta ahora el acuerdo de este tipo que homologó el ministerio es el de Smata, aunque dijo que hay uno en fase de negociación con la a UOM que todavía no fue completado.

Respecto al esfuerzo que realiza el Estado para dar esta ayuda,comentó que apunta a «mantener unidades productivas y contratos vigentes».

En cuanto a los créditos, explicó que en realidad son «saldos a favor en la tarjeta de crédito con garantía del Estado».

El ministro de Desarrollo Productivo señaló, en tanto, que las actividades que se habilitaron en el marco de la cuarentena administrada figura el comercio electrónico, que se amplia a mas productos.

La inversión estatal para hacer frente a este nuevo paquete es de 107.000 millones de pesos, alcanzando ahora los 850.000 millones de pesos invertidos -el equivalente al 3 por ciento del Producto Bruto Interno- desde que se inició oficialmente el aislamiento masivo,

En tanto, Cafiero analizó que esa disposición «es una ayuda y un aliciente para todos los argentinos y argentinas que está haciendo un esfuerzo muy grande de quedarse en su casa, con mucha responsabilidad y con mucho conciencia social», desde el 20 de marzo, cuando comenzó la cuarentena en las casas.

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RIGEN NUEVOS VALORES DE APORTES PARA MONOTRIBUTISTAS. https://fmella.com.ar/rigen-nuevos-valores-de-aportes-para-monotributistas/ Thu, 02 Jan 2020 11:54:17 +0000 http://fmella.com.ar/?p=1447 La Administración Federal de Ingresos Públicos los actualizó y alcanza a unos tres millones de contribuyentes. La Administración Federal de

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La Administración Federal de Ingresos Públicos los actualizó y alcanza a unos tres millones de contribuyentes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó desde hoy los valores de las categorías del Nuevo Régimen del Monotributo, que alcanza a unos tres millones de contribuyentes.

Los nuevos parámetros corresponden a la movilidad de jubilaciones y prestaciones sociales, aplicable también a las 11 categorías del régimen, actualizando los ingresos brutos anuales, los alquileres devengados al año y el importe a pagar mensualmente tanto por la parte impositiva como por el aporte previsional y de salud.

Hasta el 20 de enero habrá tiempo para cambiar de categoría en el monotributo, en caso de que los contribuyentes hayan tenido modificaciones en sus montos de facturación en los últimos doce meses.

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