VENCIMIENTO – FM Ella https://fmella.com.ar La radio que pertenece a todos Mon, 01 Jun 2020 20:37:45 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=5.8.9 https://fmella.com.ar/wp-content/uploads/2019/11/cropped-fmella512x512-32x32.jpg VENCIMIENTO – FM Ella https://fmella.com.ar 32 32 LA PROVINCIA RECUERDA QUE VENCE LA MORATORIA DE API. https://fmella.com.ar/la-provincia-recuerda-que-vence-la-moratoria-de-api/ Mon, 01 Jun 2020 20:37:45 +0000 http://fmella.com.ar/?p=4973 La Administración Provincial de Impuestos (API) recuerda que este miércoles 3 de junio vence el último plazo para acceder a

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Las deudas podrán ser regularizadas hasta el próximo miércoles 3 de junio.

La Administración Provincial de Impuestos (API) recuerda que este miércoles 3 de junio vence el último plazo para acceder a la moratoria dispuesta por ley Nº13976. Para acceder a los beneficios del régimen dispuesto, los contribuyentes deberán ingresar en: www.santafe.gov.ar/api BOX DE DESTACADOS: “Régimen de Regularización Tributaria – Ley 13976, donde podrán consultar las normativas legales y los trámites web habilitados.

De esta manera, los contribuyentes podrán regularizar deudas por impuestos, tasas y contribuciones, sus intereses y multas devengadas hasta el 30 de noviembre de 2019. Los interesados podrán acceder a planes de pagos de hasta 12 cuotas con una reducción del 30% de los intereses y un interés de financiación del 1,5% mensual; hasta 24 cuotas con una reducción del 15% de los intereses y un interés de financiación del 2% mensual; y hasta 36 cuotas con un interés de financiación del 2,50% mensual.

En tanto que para quienes cancelen de contado, los intereses se reducen en un 70% y las multas hasta un 80%.

“La regularización abarca deudas generadas hasta el 30 de noviembre de 2019, es decir, todas las deudas por periodos no prescritos. En paralelo tenemos el plan de pagos habitual y permanente, pero lógicamente no tiene los beneficios de esta moratoria, que tiene que ver con la reducción de intereses, multas e intereses de financiación muy por debajo de los valores de mercado. Esa es la diferencia entre lo que finaliza el miércoles y lo que va a continuar en vigencia”, detalló el titular de la API, Martín Ávalos.

Por otro lado, el funcionario explicó que “la particularidad de esta iniciativa es que beneficia no solo a la provincia, sino también a municipios y comunas, a quienes se coparticipa el 60 por ciento de lo recaudado en materia de Impuesto Inmobiliario, el 100 por ciento de patente, y casi el 14 por ciento de Ingresos Brutos”. Y completó: “Diría que casi el 75 por ciento de lo recaudado en materia de Régimen de Regularización está orientado a beneficiar a municipios y comunas”.

CONSULTAS

API Regional Santa Fe: 0800 888 3722

API Regional Rosario: 0800 555 6672

Divisional API Buenos Aires: (011) 4331-5177 / 5183

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LA API PRORROGÓ NUEVAMENTE LOS VENCIMIENTOS IMPOSITIVOS. https://fmella.com.ar/la-api-prorrogo-nuevamente-los-vencimientos-impositivos/ Tue, 19 May 2020 17:55:18 +0000 http://fmella.com.ar/?p=4756 La Administración Provincial de Impuestos (API) informó que los vencimientos de los tributos previstos para el mes de mayo de

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La Administración Provincial de Impuestos (API) informó que los vencimientos de los tributos previstos para el mes de mayo de 2020, serán considerados presentados y/o pagados en término, cuando se efectúen dentro de los 30 (treinta) días corridos posteriores a los mismos. La medida fue adoptada en el marco de la Emergencia Sanitaria por la pandemia del COVID-19, que establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

Los conceptos tributarios previstos para mayo de 2020 y prorrogados son los correspondientes a:

>> Ingresos Brutos – Régimen Simplificado, cuota del mes de mayo

>> Impuesto sobre los Ingresos Brutos Régimen General, cuarto anticipo, para los contribuyentes cuyo impuesto determinado para dicho anticipo sea inferior a $10.000

>> Impuesto Inmobiliario Rural – 3° cuota

>> Aporte al Instituto Becario, quincena 8/2020

>> Cuotas de planes de pagos cuando el contribuyente no posea CBU bancaria para su pago.

En relación a los vencimientos previstos originalmente en los meses de marzo y abril/2020, oportunamente prorrogados, se dispone que serán considerados presentados y/o pagados en término, cuando se efectúen dentro de los 30 (treinta) días corridos posteriores a su ultimo vencimiento reprogramado, los conceptos tributarios que seguidamente se detallan:

>> Impuesto Inmobiliario Urbano, segunda cuota, cuando

su importe sea de hasta $ 673

>> Impuesto sobre los Ingresos Brutos Régimen General, segundo y tercer anticipo, para los contribuyentes cuyo impuesto determinado para dichos anticipos sea inferior a $10.000

>> Ingresos Brutos – Régimen Simplificado, cuota del mes de marzo y abril/2020

>> Aporte al Instituto Becario, quincenas 05 y 06 /2020

>> Cuotas de planes de pagos cuando el contribuyente no posea CBU y las mismas hubieren vencido durante en el mes de abril de 2020

NUEVAS FECHAS DE VENCIMIENTO
>> Impuesto Inmobiliario Rural, tercera cuota: dígito de control de Partida 0 – 1, el 16/06/2020; dígito de control de Partida 2 – 3, el 17/06/2020; dígito de control de Partida 4 – 5, el 18/06/2020; dígito de control de Partida 6 – 7, el 19/06/2020; dígito de control de Partida 8 – 9, el 22/06/2020.

>> Impuesto Inmobiliario Urbano, segunda cuota, cuando el importe de ésta sea de hasta $ 673: dígito de control de Partida 0 – 1, el 22/06/2020; dígito de control de Partida 2 – 3, el 23/06/2020; dígito de control de Partida 4 – 5, el 24/06/2020; dígito de control de Partida 6 – 7, el 25/06/2020; dígito de control de Partida 8 – 9, el 26/06/2020.

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS
Régimen General

>> Segundo, Tercer y Cuarto anticipo del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuyo impuesto determinado para dicho anticipo sea inferior a $ 10.000

Los vencimientos para dichos anticipos del año 2020 serán, según la terminación del número de CUIT (dígito verificador), los siguientes: CUIT terminado en 0 a 2, el 16/06/2020; CUIT terminado en 3 a 5, el 17/06/2020; CUIT terminado en 6 a 7, el 18/06/2020; CUIT terminado en 8 a 9, el 19/06/2020.

Régimen Simplificado
>> Vencimientos de los períodos febrero, marzo y abril 2020 serán: CUIT terminado en 0 a 2, el 16/06/2020; CUIT terminado en 3 a 5, el 17/06/2020; CUIT terminado en 6 a 7, el 18/06/2020; CUIT terminado en 8 a 9, el 19/06/2020.

APORTES AL INSTITUTO BECARIO
Se considerará ingresados en término los pagos de la quincena 5/2020 (período desde el 01/03/2020 hasta el 15/03/2020), 6/2020 (período desde el 16/03/2020 hasta el 31/03/2020) y 7/2020 (período desde el 01/04/2020 hasta el 15/04/2020) de Aportes al Instituto Becario – ley 8067, cuando los mismos se efectúen hasta el 10 de junio de 2020.

PLANES DE PAGO FORMALIZADOS HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2020 – PAGO DE CUOTAS
Las cuotas con vencimientos 13/04/2020 y 11/05/2020, que no deban ser canceladas con débito en cuenta bancaria a través de la CBU, cuando se efectúen hasta el 10 de junio de 2020.

Finalmente, desde la API recuerdan a los contribuyentes utilizar los medios de pago electrónicos habilitados, como así también obtener un turno online para su atención personalizada

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API POSTERGA VENCIMIENTOS IMPOSITIVOS. https://fmella.com.ar/api-posterga-vencimientos-impositivos/ Sat, 28 Mar 2020 18:02:46 +0000 http://fmella.com.ar/?p=3580 Los distintos tributos provinciales cuyos vencimentos originales se encontraban previstos desde el 16 al 31 de marzo de 2020 serán

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Forma parte de las medidas tomadas por el gobierno de Santa Fe ante la emergencia generada por el coronavirus.


Los distintos tributos provinciales cuyos vencimentos originales se encontraban previstos desde el 16 al 31 de marzo de 2020 serán considerados presentados o pagados por la Administración Provincial de Impuestos.

Así lo dispuso el gobierno santafesino en el marco de las disposiciones dictadas por el Poder Ejecutivo Nacional y Provincial como consecuencia de la Emergencia Sanitaria por el Coronavirus.

Los nuevos vencimientos de la segunda cuota del impuesto inmobiliario Rural serán los siguientes:

>> Dígito de control de Partida 0 – 1 el 15/04/2020;

>> Dígito de control de Partida 2 – 3 el 16/04/2020;

>> Dígito de control de Partida 4 – 5 el 17/04/2020;

>> Dígito de control de Partida 6 – 7 el 20/04/2020; y

>> Dígito de control de Partida 8 – 9 el 21/04/2020.

Ingresos Brutos

Los vencimientos del segundo anticipo del régimen General de Ingresos Brutos serán los siguientes, según la fecha de vencimiento según terminación Nº de CUIT. (Dígito verificador):

>> CUIT terminado en 0 a 2 el 15/04/2020;

>> CUIT terminado en 3 a 5 el 16/04/2020;

>> CUIT terminado en 6 a 7 el 17/04/2020; y

>> CUIT terminado en 8 a 9 el 20/04/2020.

En tanto, los vencimientos del período 2 del regimen Simplificado serán:

>> CUIT terminado en 0 a 2 el 15/04/2020;

>> CUIT terminado en 3 a 5 el 16/04/2020;

>> CUIT terminado en 6 a 7 el 17/04/2020; y

>> CUIT terminado en 8 a 9 el 20/04/2020.

Aportes Instituto Becario

Se considerará ingresados en término los pagos de la quincena 5/2020 (período desde el 01/03/2020 hasta el 15/03/2020) de Aportes al Instituto Becario – ley 8067, cuando los mismos se efectúen hasta el 24 de abril de 2020.

Régimen de Regularización Tributaria

La primera cuota de los planes de facilidades de pagos, generados en el marco del Régimen de Regularización Tributaria de la ley 13976, con vencimientos previstos entre el 16 de marzo y el 31 de marzo de 2020, impresos en las pertinentes boletas podrán ser abonados en los bancos o servicios habilitados al efecto, dentro de lo 30 (treinta) días corridos, contados desde las referidas fechas impresas en cada una de las liquidaciones.

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LA E.P.E. VUELVE A PRORROGAR EL VENCIMIENTO DE SUS FACTURAS A EMPLEADOS ESTATALES. https://fmella.com.ar/la-e-p-e-vuelve-a-prorrogar-el-vencimiento-de-sus-facturas-a-empleados-estatales/ Thu, 06 Feb 2020 19:11:24 +0000 http://fmella.com.ar/?p=2240 Repitiendo el esquema que implementaron en el mes de enero, la Empresa Provincial de la Energía (EPE) decidió postergar los

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Hasta el 17 de febrero pueden pagar sin recargo los empleados santafesinos siempre que hagan el trámite en las oficinas comerciales de le empresa

Repitiendo el esquema que implementaron en el mes de enero, la Empresa Provincial de la Energía (EPE) decidió postergar los vencimientos de la factura de energía para los empleados estatales santafesinos.

La medida fue anunciada por voceros de la EPE y se fijó como fecha límite para el pago sin recargo el lunes 17 de febrero, en sintonía con el cronograma de liquidación de haberes de enero que oportunamente difundió la gestión de Omar Perotti.

Desde la compañía aclararon que resulta indispensable que los usuarios que se desempeñan en la actividad pública santafesina realicen el pago en las oficinas comerciales de la EPE, donde le requerirán un documento de pago, para esquivar el recargo.

Si bien el cronograma salarial de enero no fue tan extendido como el de diciembre, algunos gremios como los docentes salieron a criticar la decisión de la Casa Gris.

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LA E.P.E POSTERGA VENCIMIENTO PARA EMPLEADOS PROVINCIALES. https://fmella.com.ar/la-e-p-e-posterga-vencimiento-para-empleados-provinciales/ Mon, 13 Jan 2020 14:06:30 +0000 http://fmella.com.ar/?p=1735 Para intentar aplacar en parte la polémica que se desató entre los gremios que representan a los empleados estatales de

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Para intentar aplacar en parte la polémica que se desató entre los gremios que representan a los empleados estatales de Santa Fe por el cronograma de pago que definió la administración Perotti sobre el sueldo de diciembre, la Empresa Provincial de la Energía (EPE) decidió postergar el plazo para pagar sin recargo las facturas.
Hasta el viernes 17 de enero habrá plazo para liquidar sin recargo la boleta recibida, en una medida que está vigente solo para los agentes públicos de Santa Fe, tanto de la administración central, como los docentes.

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LA EPE EXTIENDE EL VENCIMIENTO PARA EMPLEADOS ESTATALES PROVINCIALES QUE COBRARÁN TARDE. https://fmella.com.ar/la-epe-extiende-el-vencimiento-para-empleados-estatales-provinciales-que-cobraran-tarde/ Fri, 03 Jan 2020 16:40:01 +0000 http://fmella.com.ar/?p=1510 La Empresa Provincial de la Energía (EPE), por indicación del Gobierno Provincial, pospuso hasta el viernes 17 de enero el

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La Empresa Provincial de la Energía (EPE), por indicación del Gobierno Provincial, pospuso hasta el viernes 17 de enero el plazo para pagar sin recargo las facturas por consumo de energía eléctrica.

La medida es una respuesta a las entidades representativas de los trabajadores estatales provinciales, que en virtud del cronograma extendido de sueldos implementado que este mes llega hasta el 15, solicitaron la prórroga de los vencimientos de servicios de esta empresa.

Sobre el particular, la EPE aclara que es necesario que los usuarios realicen las gestiones en las oficinas comerciales de la empresa, en los horarios y días habituales de atención al público, requiriendo un documento de pago para cancelarlo sin recargo.

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