CONCEJO DE MALABRIGO: «NARDIN DEBE PRESIDIR LA SESIÓN PREPARATORIA».

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Domingo Rondina explico su parecer acerca de la situación del Concejo Municipal de Malabrigo.

En la mañana de hoy, Julio Yoris en su programa Tropilatinos entrevistó al reconocido abogado constitucionalista Domingo Rondina para saber su opinión acerca de la situación del Concejo Municipal de Malabrigo y esta atípica circunstancia  que se da a siete meses de lo que debería ser la conformación del órgano legislativo  y la  asunción de los nuevos concejales.

Desde el comienzo de la nota Rondina aseguró : “ Vengo siguiendo con mucha atención lo que pasa en Malabrigo , como constitucionalista me llama mucho la atención estas noticias,” – “ siempre cuando la instituciones no funcionan la gente lógicamente se siente desprotegida porque hemos construido las instituciones para que nos protejan de los temores que teníamos,  entre ellos la concentración de poder,  la falta de reglas claras.»  

«El poder tiene que ser controlado y una de las formas más básicas de controlar el poder es lo que los constitucionalistas llamamos sistemas de frenos y contrapesos, en el que uno de los órganos controlan lo que hace el otro,  entonces si hay uno que no funciona,  el otro podría actuar con más arbitrariedad y eso nunca es bueno que ocurra, por eso es conveniente que funcionen  todos los órganos de la democracia.”

“Lo primero que quiero decir que esto es algo que ha ocurrido en varios  lugares de la provincia en distintos momentos y lamentablemente es algo que ocurre ,pero en algún momento se tiene que resolver por la madurez de la clase política. “

“ Estuve leyendo el reglamento interno de Malabrigo, que es un reglamento bastante raro, no es igual a todos los otros reglamentos, tiene disposiciones diferentes. La que a mi me llamo más la atención es una disposición por la cual cuando un concejal es reemplazado , el que ingresa hereda las funciones que tenía el reemplazado, es una de las normas del reglamento interno , y justamente esa fue la situación que se dio acá, y que es la clave para la resolución. 

Cuando renuncia el concejal Sponton que va de Intendente,  entra una chica Nardin que reemplaza a Sponton, y el reglamento interno dice que cuando un concejal es reemplazado , el que lo reemplaza hereda todas las funciones que tenía . Y como Sponton era el Vicepresidente Segundo , esta chica hereda la Vicepresidencia Segunda. Eso es algo inusual , pero que está expresamente previsto en Malabrigo, por lo tanto cuando el 10 de diciembre terminan su mandato los concejales que ocupaban la Presidencia y Vicepresidencia Primera del Concejo de Malabrigo, la única autoridad que queda es esta chica, esta concejala que queda como principal y única autoridad del concejo de Malabrigo.”

 “Es muy importante esta situación porque esto parece indicar que quien tiene que presidir la preparatoria frustrada es esa concejala porque es la única autoridad existente

En mi criterio , según lo que vengo escuchando y leyendo, incluso estos días escuche una nota que le hicieron a Freyre , entiendo que el conflicto se puede destrabar prestando atención a esta situación que estoy señalando . Es muy claro el reglamento interno, en que ella recibió la vicepresidencia segunda, es la única autoridad vigente y como única autoridad legítima debe presidir la preparatoria.”

En otra parte de la nota expreso : “En mi interpretación legal es indudable que prevalece esta norma y que la única autoridad en funciones es la que debe presidir la preparatoria, y me parece ademas que seria un gesto de civilidad de toda la clase política , reunirse, resolver el tema y avanzar. Además hay que evitar las mezquindades también porque son malos ejemplos para la ciudadanía.”

Consultado en qué parte le compete a la provincia resolver esta problemática dijo : “ la provincia tiene por ley la facultad de acompañar, de colaborar como una especie de “ amigable componedor” en tratar de que los municipios funcionen correctamente. Pero el Poder Ejecutivo Provincial no tiene facultades de imposición sobre los municipios , El único órgano que se puede imponer es la Legislatura, en ese sentido yo empecé a prestar más atención al tema cuando me enteré que había un proyecto de intervención a Malabrigo, cosa que me parece totalmente desproporcionada , no estamos ante un problema que requiera la intervención provincial”. 

“Primero : Me parece una cosa muy estúpida que porque los políticos locales no se puedan poner de acuerdo en sus aspiraciones , tengan que permitir que sea intervenida la municipalidad de Malabrigo y segundo : me parece un abuso de la provincia atropellar las decisiones electorales de los malabriguenses para imponer autoridades en Malabrigo, tiene que ser un llamado de atención a la política local para que se sienten se pongan de acuerdo , busquen la manera de resolver, sin necesidad de que los capitalinos vayan a ponerles autoridades. “

“Pienso que si no se ponen de acuerdo las autoridades locales tendrá que resolverse en la justicia, esto corresponde que se trate en la Cámara en lo Contencioso Administrativo y ella será la defina quién tiene que presidir la preparatoria, la verdad que parece gracioso tener que hacer un juicio para ver quien tiene que presidir una sesión , pero si no se ponen de acuerdo habrá que hacer una acción judicial .”

Para cerrar sus conceptos dijo : “Ojalá que se pongan de acuerdo, creo que las normas son claras, además sería una buena señal que una mujer presida el concejo, que avancen por ese camino que es el camino jurídicamente más claro “.

Domingo Rondina :

♦ Abogado – Universidad Nacional del Litoral
Matrícula Provincial Santa Fe 1ª Circunscripción: Nº 6238 – T. IV – F. 329
Matrícula Federal (Corte Suprema Justicia de la Nación): T. 92 – F. 236

♦ Mediador: Ministerio Justicia Matrícula Lº 01 – Fº 04 – Orden 35

♦ Postgrado en Derecho Constitucional Actual – Universidad de Buenos Aires

♦ Miembro Asociado de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional
♦ Miembro Titular de la Sección de Derecho Público, Provincial y Municipal de IDEL – FACA

♦ Presidente de la Fundación Derecho Social (www.derechosocial.org.ar)

♦ Fue abogado por concurso de la Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Fe.
♦ Fue profesor por concurso de Derecho Constitucional de la UNL
♦ Fue Director del Taller Extracurricular de Jurisprudencia Constitucional.
♦ Integró el C.A.I.+D 2000 titulado “Reforma de la constitución de la Provincia de Santa Fe”.
♦ Ejerce la profesión liberal (www.rondina.com.ar)
♦ Dirige una página web sobre Derecho Constitucional y allí publica regularmente (www.domingorondina.com.ar)
♦ Es presidente del Instituto de Derecho Constitucional del Colegio de Abogados de Santa Fe
♦ Coordinó la Comisión Provincial de Reforma Constitucional de Santa Fe 2016/2017
♦ Ha dictado un sinnúmero de conferencias y escrito en distintos libros y revistas especializadas en Derecho Constitucional y Administrativo.