CRÉDITOS PARA ACTIVIDADES AFECTADAS POR LA PANDEMIA.
La Producción de la Municipalidad de Malabrigo informa sobre una línea de créditos para las actividades no exceptuadas durante el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.
La misma se otorga con Fondos Provinciales, por Resolución Nº 0122, canalizados a través de la Asociación para el Desarrollo Regional.
Tenés tiempo hasta el 01/07/2020
BENEFICIARIOS DE LOS CRÉDITOS
- Comercios:
• Calzado.
• Vestimenta.
• Marroquinerías.
• Mercerías.
• Relojerías.
• Jugueterías.
• Regalarías.
• Joyerías.
• Bazar.
• Antigüedades.
• Talabarterías.
• Música.
• Instrumentos.
• Hilados.
• Florerías.
• Pinturerías. - Servicios:
• Restaurante.
• Bares.
• Comedores.
• Cervecerías.
• Servicios de gastronomía.
• Hotelería.
• Peluquería.
• Podología.
• Manicura.
• Reparación de artículos del hogar.
• Herrería.
• Gimnasios.
• Imprentas. - MiPyMEs Industriales: Considerando que diferentes normas fueron ampliando la cantidad de actividades exceptuadas a la medida de asilamiento, la asistencia financiera se organizara en tres tramos. Tendrán prioridad, para la asignación del beneficio, aquellos que no han podido trabajar durante todo el periodo de aislamiento social, preventivo y obligatorio, y se contemplaran dos tramos más. De este modo, se tomará en cuenta el siguiente orden de prioridad para la selección de los beneficiarios:
Tramo 1
Prioritario
Actividades no exceptuadas en ningún DNU.
27 días laborales sin actividad (no cuenta domingos y feriados).
Tramo 2
Intermedio
Actividades habilitadas a partir del DNU 355/20 (13/04/20).
14 días laborales sin actividad (no cuenta domingos y feriados).
Tramo 3
Bajo
Actividades habilitadas a partir del DNU 325/20 (01/04/20).
8 días laborales sin actividad (no cuenta domingos y feriados).
CONDICIONES DE OTORGAMIENTO DE LOS CRÉDITOS.
• Plazo: 18 meses.
• Periodo de gracia: 6 meses.
• Monto: hasta $ 100.000.
• Tasa de interés: 13,5 % anual.
• Destino: Capital de trabajo.
Por ejemplo: Compra de materia prima, insumos para la producción, pago de gastos corrientes ligados a la actividad (sueldos, servicios asociados al local comercial), etc.
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA A PRESENTAR
Una vez enviado el formulario de Consulta Previa, desde la Asociación para el Desarrollo Regional nos comunicaremos con el solicitante del crédito para informarle la aprobación o no de la misma.
En caso de tener la Consulta Previa aprobada, el mismo deberá presentar en su Municipio o Comuna la siguiente documentación, por duplicado.
• Copia DNI del solicitante y Cónyuge, si corresponde. • Constancia de inscripción en AFIP del solicitante.
• Datos de la Cuenta Bancaria a nombre del solicitante. (Número de cuenta y CBU).
• Un recibo de haberes de terceros. (Presentar los 3 últimos). (El titular del Recibo de haberes no puede ser ni el solicitante ni el cónyuge del solicitante. El monto mínimo del mismo es de Empleado de Comercio Categoría A).
• Factura, recibo o comprobante del destino del crédito.
Para más información, quienes estén interesados, deben dirigirse a la Secretaría de la Producción.