QUÉ PASA EN EL CONCEJO DE MALABRIGO ? POSICIÓN DEL BLOQUE UCR.

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Luego de haber transcurrido un hecho tan importante para la comunidad, como la asunción del nuevo Intendente, los Concejales de la UCR, Dra. Inés Loreley Grill, Lic. Flavia Nardín y Prof. Marcos Colignon, queremos llevar claridad a la población sobre la situación actual del Concejo Municipal. Damos a conocer, desde nuestra perspectiva, algunos puntos centrales en relación a lo acontecido en la sesión preparatoria iniciada el día 02/12/2019, la que se encuentra en cuarto intermedio:

  • Debido a que el Presidente (Tec. Efrain Silvestri) y el Vicepresidente 1º (Sr. Luis Carlos Nardín) se encontraban entre los concejales salientes por finalización de mandato, consideramos que el Vicepresidente 2º debe presidir dicha sesión preparatoria (Art. 8 y 29 del Reglamento Interno Ord. 0645/07).
  • Entendemos que la Vicepresidencia 2º recae en Flavia Nardín, por asumir en reemplazo de Roberto Spontón – quien debió renunciar para asumir la intendencia – según lo expresado por el Artículo 30 del Reglamento Interno.
  • Por consiguiente, la elección de las nuevas autoridades del Concejo debe ser presidida por la Vicepresidenta 2º Sra. Flavia Nardín.
  • Desde nuestra visión, el Bloque del PJ no efectúa la correcta interpretación del Reglamento, desconociendo a Flavia Nardín como Vicepresidenta 2º, y por ello propone a María Zorzón como Concejal de mayor edad para presidir la elección de autoridades.
  • Al no haber acuerdo en quien debe presidir la sesión, se intentó consensuar entre los bloques la nueva conformación de las autoridades del Concejo. El Bloque de la UCR argumenta que la Presidencia debe recaer en uno de sus miembros. El Bloque del PJ propone a la Sra. María Zorzón para ejercer la presidencia del Concejo Municipal, sin respetar los acuerdos que el mismo bloque del PJ ha dejado sentado en las actas del Concejo, en donde se deja e forma explicita la importancia de que el presidente del Concejo sea de la misma línea política asegurando el proceso sucesorio  en caso de remplazo del Intendente.
  • Asimismo, como es de público conocimiento, en todas las elecciones legislativas en que el radicalismo resultó ganador, siempre se respetó ese acuerdo, incluso nunca se nos permitió ocupar, siquiera, la vicepresidencia 1º por el fundamento expresado en el punto anterior.

Desde nuestro bloque no entendemos cual es la causa por la que no se nos permite tener la presidencia del Concejo, sabiendo que todos los Intendentes, desde Carlucho Spontón, Omar Zampar y Amado Zorzón tuvieron garantizada la gobernabilidad a través de línea sucesoria del Concejo, sin encontrar motivos que justifiquen la postura de los Concejales del PJ, no podemos dejar de suponer que se quiere condicionar la gestión del nuevo Intendente Roberto Spontón.

Aún no se encuentra constituido el Concejo Municipal por falta de acuerdo, el cual esperemos que llegue pronto apelando al valor de la palabra como uno de los pilares más importantes para el diálogo y los consensos. 

ARTICULO 8º: La Sesión de constitución será presidida  por el Presidente o Vice-Presidente, y en su defecto, cuando aquellos se encontraren entre los salientes, por un Presidente Ad-Hoc, designado por el Concejo, que será el de mayor edad.-

ARTICULO 29º: Todas las atribuciones y deberes del Presidente serán ejercidas por los Vice-Presidentes, por su orden,  en caso de impedimento o inasistencia de aquel, en forma automática y sin formalismos.-

ARTICULO 30º: Cuando el Presidente, o alguno de los Vice-Presidentes dejase de serlo, por muerte, enfermedad, renuncia o suspensión, el Concejal elegido para reemplazarlo, solo desempeñará la función en ese cargo hasta completar el período.-